¿QUÉ ES EL ITP?
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es un impuesto que se aplica en España a las transmisiones de bienes y derechos de naturaleza patrimonial. Este impuesto grava la adquisición de bienes inmuebles de segunda mano, así como otras transacciones, como la compraventa de vehículos usados, entre otros.
¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A PAGARLO?
El obligado al pago del impuesto es quien adquiere el inmueble. Debe pagar el impuesto y presentar la autoliquidación (modelo 600) en la Hacienda autonómica donde esté situado el inmueble transmitido, en el plazo de los 30 días hábiles siguientes a la firma de la escritura. La autoliquidación se presenta junto con copia auténtica y copia simple de la escritura.
¿QUÉ VALOR SE UTILIZA PARA EL CÁLCULO?
La base imponible del ITP es -desde 2022- el Valor de Referencia de Mercado que publica el catastro, salvo que el precio de compra sea mayor, en cuyo caso se utilizará este precio de compra. El problema puede venir cuando usted haya obtenido una buena rebaja gracias a las condiciones de estado de la vivienda, o a la situación del mercado o a circunstancias del vendedor.
En ese caso deberá presentar la autoliquidación del ITP con el valor de referencia de mercado, y posteriormente iniciar un proceso de rectificación para tratar de justificar el menor valor del inmueble en su caso concreto.
TIPO IMPOSITIVO
Cada comunidad autónoma puede regular tanto los tipos impositivos como las deducciones y bonificaciones de la cuota del Impuesto. Algunas comunidades prevén tipos más altos para valores más caros del inmueble. Los tipos pueden cambiar incluso en medio de un año natural.
TIPO IMPOSITIVO EN 2024
COMUNIDAD | TIPO GENERAL ITP | TIPO V.H | TIPO REDUCIDO |
ITP | ITP | ||
ANDALUCÍA | 7% | 6% Vivienda no >150.000€ | 3,50% |
ARAGÓN | 8% hasta 400.00€ | 8% al 10% | 1% inmuebles para actividad eco |
ASTURIAS | 8% hasta 300.00€ | 8% al 9% | 3% |
BALEARES | 8% hasta 400000 | 4% si 1ªvh y<=270151 | 2% |
CANARIAS | 6,50% | 5,00% | 1% |
CANTABRIA | 9% | 7% hasta 200000 | 4% o 3% |
CASTILLA Y LEÓN | 8% hasta 250,000€ | 8% hasta 250.000€ | 4% |
CASTILLA LA MANCHA | 9% | 6% Vivienda no >180.000€ valor de la vivienda=> valor tasación | 5% |
CATALUÑA | 10% | 10% | 7% o 5% |
COMUNIDAD VALENCIANA | 10% | 10% | 6% o 3% |
EXTREMADURA | 8% | 8% | 7% |
GALICIA | 8% | 7% | 3% |
COMUNIDAD DE MADRID | 6% | 6% | 4% |
LA RIOJA | 7% | 7% | 5 % o 3% |
MURCIA | 8% | 8% | 3% o 4% |
NAVARRA | 6% | 6% | 5% |
P.VASCO | 7% | 4% | 2,5% |
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